Rebaja de pensión de alimentos en Chile
Si las circunstancias económicas o familiares han cambiado desde que se fijó la pensión de alimentos, puede ser necesario evaluar si existen fundamentos para solicitar judicialmente una rebaja.
Una demanda de rebaja no consiste simplemente en pedir pagar menos. Es necesario comparar las circunstancias consideradas al momento de fijar la pensión con la situación actual y acreditar qué ha cambiado desde entonces.
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Pensión de alimentos
Guía general sobre requisitos, monto, gastos, procedimiento y cumplimiento.
Ver materia →Aumento de pensión
Cuando han aumentado las necesidades o han cambiado las circunstancias económicas relevantes.
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Cuando existen cambios relevantes que podrían justificar revisar el monto vigente a la baja.
Estás aquíCese de pensión
Cuando se estima que han desaparecido las circunstancias que justifican mantener la obligación.
En desarrolloCumplimiento y cobro
Para situaciones de deuda, incumplimiento y mecanismos de cobro.
En desarrollo¿Cuándo se puede solicitar una rebaja de alimentos?
Una pensión de alimentos puede ser revisada cuando las circunstancias relevantes existentes al momento de fijarla han cambiado.
Al determinar los alimentos deben considerarse, entre otros elementos, las facultades económicas del alimentante y sus circunstancias familiares.
Por ello, una disminución relevante de la capacidad económica, cambios importantes en las cargas familiares u otras circunstancias posteriores pueden justificar que el monto vigente sea nuevamente evaluado.
El cambio de circunstancias no produce automáticamente una rebaja. La modificación debe analizarse conforme a los antecedentes particulares del caso y a la prueba disponible.
¿Qué cambios pueden justificar una rebaja?
No existe una única situación que permita concluir automáticamente que corresponde disminuir una pensión. Lo relevante es determinar si existe un cambio real y suficientemente relevante respecto de las circunstancias consideradas anteriormente.
Disminución relevante de ingresos
Una reducción efectiva de los ingresos puede ser relevante cuando modifica sustancialmente la capacidad económica existente al momento de fijarse la pensión.
Pérdida del empleo
El desempleo puede afectar la capacidad económica, pero quedar sin trabajo no produce por sí solo una rebaja automática de la pensión.
Problemas de salud
Una enfermedad, accidente o incapacidad puede ser relevante cuando afecta efectivamente la capacidad de generar ingresos o produce nuevos gastos significativos.
Nuevas cargas familiares
La existencia de nuevos hijos u otras cargas familiares puede formar parte del análisis, pero no determina automáticamente que corresponda rebajar la pensión.
Cambio de actividad económica
Un cambio sustancial en la actividad laboral, profesional, comercial o empresarial puede resultar relevante si modifica efectivamente la capacidad económica.
Otras circunstancias relevantes
Pueden existir otros cambios económicos o familiares cuya importancia dependerá de las circunstancias particulares del caso.
¿Qué situaciones no producen automáticamente una rebaja?
“Me quedé sin trabajo”
La pérdida del empleo debe analizarse junto con la situación económica completa y los antecedentes actuales del alimentante.
“Tengo otro hijo”
Una nueva carga familiar puede ser relevante, pero no determina automáticamente cuál debe ser el nuevo monto de la pensión.
“Tengo muchas deudas”
La existencia de créditos o deudas personales no permite establecer por sí sola que corresponda disminuir la pensión.
“Ahora trabajo informalmente”
No tener contrato de trabajo o liquidaciones de sueldo no significa necesariamente carecer de ingresos o capacidad económica.
“Pago otros gastos directamente”
Asumir determinados gastos directamente en favor del hijo o hija no modifica por sí solo el monto de la pensión vigente.
Lo relevante no es una circunstancia aislada, sino cómo ha cambiado efectivamente la situación económica y familiar considerada al momento de fijar la pensión.
¿Qué debe acreditarse para solicitar una rebaja?
1. Situación anterior
Cuáles eran los ingresos, actividad económica, cargas y demás circunstancias relevantes cuando se fijó la pensión.
2. Cambio relevante
Qué hecho o circunstancias posteriores modificaron de manera relevante aquella situación.
3. Capacidad económica actual
Cuál es actualmente la capacidad real del alimentante para contribuir al pago de alimentos.
4. Necesidades actuales del alimentario
La rebaja no se analiza únicamente desde quien paga. Las necesidades actuales del alimentario continúan siendo un elemento fundamental.
Estos elementos deben analizarse conjuntamente y conforme a las circunstancias particulares de cada caso.
¿Puede rebajarse una pensión por debajo del mínimo legal?
Tratándose de alimentos solicitados por hijos menores respecto de su padre o madre, la Ley N.º 14.908 contempla mínimos vinculados al ingreso mínimo remuneracional.
Como regla general, corresponde al 40% del ingreso mínimo remuneracional cuando existe un solo alimentario y al 30% por cada uno cuando existen dos o más alimentarios.
La legislación contempla también la posibilidad de que el tribunal rebaje prudencialmente ese mínimo cuando se acredita que el alimentante carece de medios suficientes para pagarlo.
Esto no significa que baste alegar dificultades económicas. La falta de medios debe acreditarse y ser evaluada conforme a las circunstancias particulares del caso.
Rebaja de pensión fijada en UTM
Cuando una pensión está fijada en Unidades Tributarias Mensuales, su equivalente en pesos cambia conforme varía mensualmente el valor de la UTM.
Ese cambio no significa que la pensión haya sido aumentada o rebajada jurídicamente.
Una rebaja supone modificar la cantidad de UTM fijada.
La variación de la UTM modifica su equivalente en pesos. La rebaja modifica el monto mismo de la pensión.
¿Quieres revisar las reglas generales sobre pensión de alimentos?
Ver guía general sobre pensión de alimentos →¿Qué documentos conviene reunir?
Los antecedentes necesarios dependerán de la razón específica por la cual se solicita revisar el monto de la pensión.
- Resolución judicial o acuerdo que fijó la pensión vigente.
- Liquidaciones de remuneraciones anteriores y actuales.
- Contrato de trabajo.
- Finiquito, cuando corresponda.
- Antecedentes relacionados con cesantía.
- Cotizaciones previsionales.
- Antecedentes económicos o tributarios relevantes.
- Antecedentes médicos, cuando la salud sea pertinente para la solicitud.
- Documentos relativos a nuevas cargas familiares.
- Antecedentes de otras obligaciones alimenticias.
- Documentos que permitan comparar la situación económica anterior con la actual.
No es necesario contar con todos estos documentos para realizar una primera evaluación. Lo importante es identificar qué circunstancia cambió y qué antecedentes permiten acreditarla.
¿Quieres revisar si tus antecedentes permiten evaluar una rebaja?
Evaluar mi caso por WhatsApp¿Qué ocurre si mis ingresos son variables o trabajo de manera independiente?
Cuando una persona trabaja de manera independiente o recibe ingresos variables, la evaluación de su capacidad económica no puede limitarse a una liquidación de sueldo.
Dependiendo del caso, pueden resultar relevantes antecedentes económicos, tributarios, laborales o comerciales que permitan determinar de mejor manera su capacidad real de contribuir.
La ausencia de una remuneración fija no equivale a ausencia de ingresos.
Del mismo modo, los antecedentes y diligencias pertinentes dependerán de las circunstancias particulares del procedimiento.
¿Puedo comenzar a pagar menos mientras solicito la rebaja?
La sola presentación de una demanda de rebaja no modifica por sí misma el monto de la pensión vigente.
Mientras no exista una resolución que disponga otra cosa, la obligación continúa rigiéndose por el monto actualmente fijado.
Durante la tramitación pueden existir solicitudes relativas al monto provisorio de la pensión, cuya procedencia dependerá de los antecedentes y de la decisión del tribunal.
Por ello, no resulta conveniente asumir unilateralmente que puede pagarse una suma inferior, ya que las diferencias respecto del monto vigente pueden generar deuda.
¿Es necesaria mediación para solicitar una rebaja?
Sí. Las causas relativas al derecho de alimentos se encuentran sujetas a mediación previa antes de la interposición de la demanda judicial.
Si existe acuerdo
Las partes pueden acordar un nuevo monto, el que deberá cumplir las exigencias jurídicas correspondientes para producir sus efectos.
Si no existe acuerdo
Si la mediación termina sin acuerdo, puede continuarse mediante la acción judicial correspondiente.
Contar con asesoría jurídica previa permite identificar qué antecedentes respaldan realmente el cambio de circunstancias, evaluar el margen de negociación y evitar acuerdos desfavorables que no reflejen adecuadamente la situación económica y familiar existente.
¿Cómo se tramita una demanda de rebaja de alimentos?
1. Revisión de la pensión vigente
Se determina cuándo fue fijada, cuál es su monto y cuáles eran las circunstancias consideradas al establecerla.
2. Comparación de circunstancias
Se identifican los cambios económicos o familiares ocurridos desde entonces.
3. Recopilación de antecedentes
Se reúnen los documentos necesarios para acreditar la situación anterior y la actual.
4. Mediación previa
Debe cumplirse la etapa de mediación antes de presentar la demanda.
5. Presentación de la demanda
Si no existe acuerdo, puede solicitarse judicialmente la modificación de la pensión.
6. Audiencia preparatoria
Se delimitan los hechos controvertidos y la prueba que será incorporada al procedimiento.
7. Audiencia de juicio
Cuando corresponda, se rinde la prueba y el tribunal resuelve conforme a los antecedentes acreditados.
La duración dependerá de factores como la notificación, la complejidad de la prueba, la carga del tribunal y las características particulares de la causa.
Señales de que podría ser necesario revisar la pensión
- Tus ingresos han disminuido de manera importante respecto de aquellos existentes al fijarse la pensión.
- Perdiste una fuente relevante de ingresos.
- Tu situación laboral cambió significativamente.
- Una enfermedad o incapacidad afectó tu capacidad de generar recursos.
- Han cambiado sustancialmente tus cargas familiares.
- El monto vigente fue determinado bajo una situación económica considerablemente distinta a la actual.
Ninguna de estas circunstancias asegura por sí sola que el tribunal vaya a rebajar la pensión.
Permiten evaluar si existe un cambio relevante que pueda ser acreditado y jurídicamente considerado.
Preguntas frecuentes sobre rebaja de pensión de alimentos
¿Quedar sin trabajo permite rebajar automáticamente la pensión?
No. El desempleo puede ser una circunstancia relevante, pero debe analizarse conjuntamente con la situación económica actual y los demás antecedentes del caso.
¿Tener otro hijo permite solicitar una rebaja?
Puede constituir una nueva circunstancia familiar relevante, pero el nacimiento de otro hijo no determina automáticamente que corresponda disminuir una pensión existente.
¿Las deudas personales permiten pedir una rebaja?
No necesariamente. La existencia de créditos o deudas debe evaluarse dentro de la situación económica general y no significa por sí sola que exista fundamento para modificar los alimentos.
¿Puedo pagar menos mientras se tramita la rebaja?
La presentación de la demanda no modifica por sí misma la pensión vigente. Las solicitudes que puedan formularse durante la tramitación dependerán de los antecedentes y de la resolución del tribunal.
¿Puede rebajarse una pensión que fue fijada por acuerdo?
Sí puede evaluarse su modificación cuando posteriormente cambian las circunstancias relevantes que fueron consideradas para determinar su monto.
¿Qué ocurre si trabajo de manera independiente?
La capacidad económica debe evaluarse mediante antecedentes adecuados al tipo de actividad desarrollada y a las circunstancias particulares del caso.
¿Qué ocurre si mis ingresos cambian todos los meses?
Cuando existen ingresos variables, puede ser necesario analizar un período suficientemente representativo para aproximarse a la situación económica real.
¿Puede solicitarse una rebaja por debajo del mínimo legal?
La legislación contempla la posibilidad de rebajar prudencialmente el mínimo cuando se acredita que el alimentante carece de medios suficientes para pagarlo.
¿Una rebaja elimina las deudas anteriores?
Una modificación del monto vigente no debe entenderse como una eliminación automática de obligaciones alimenticias ya generadas. Las deudas existentes deben analizarse conforme al estado particular de la causa.
La información contenida en esta página es de carácter general y no reemplaza la evaluación jurídica de un caso particular.
¿Tu situación económica cambió desde que se fijó la pensión?
Una evaluación jurídica permite comparar las circunstancias consideradas al momento de fijar la pensión con la situación económica y familiar actual.
La disminución de ingresos, pérdida de empleo, nuevas cargas u otros cambios deben analizarse conjuntamente con las necesidades actuales del alimentario y los antecedentes que puedan acreditarlos.
A partir de ese análisis puede determinarse si existen fundamentos para solicitar una rebaja de pensión de alimentos.
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